Comedor - San Juan de Jerusalén Cabanillas - Ikasnova
Comedor - San Juan de Jerusalén Cabanillas
Comedor escolar
Normativa sobre comedores escolares
Normativa sobre comedores escolares
Decreto Foral 58/2024, de 29 de mayo, por el que se regulan los comedores escolares de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Foral de Navarra (BON del 6 de junio).
En el caso de los comedores comarcales, le son de aplicación los siguientes artículos, que versan sobre los siguientes aspectos de la normativa:
- Art.4: plan anual del servicio de comedores escolares.
- Art.12 d): Consejo Escolar.
- Art.13 a) d) e): Dirección del centro escolar.
- Art.14.3 b): personal encargado de comedores escolares comarcales.
- Art.16.1 c) y 16.2 i): personal de atención en comedores comarcales.
Decreto Foral 47/2010, de 23 de agosto, de derechos y deberes del alumnado y de la convivencia en los centros educativos no universitarios públicos y privados concertados de la Comunidad Foral de Navarra (BON del 24 de septiembre).
Los artículos relacionados con el comedor escolar son los que se citan a continuación:
- Art.4 g.3): derechos del alumnado.
- Art.11 d): conductas inapropiadas susceptibles de corrección.
- Art.15 h): medidas ante una conducta contraria a la convivencia (CCC) en el comedor.
- Art.19.1. a): reparación de daños en el comedor ante una conducta gravemente perjudicial para la convivencia (CGPC).
- Art.19.1. f): suspensión del derecho de uso del comedor por CGPC.
- Art.27.3: responsabilidades de padres, madres y tutores/as legales.
Decreto Foral 3/2019, de 16 de enero, por el que se establecen medidas de fomento de estilos saludables de alimentación y del ejercicio físico en las escuelas infantiles y en los centros escolares no universitarios de la Comunidad Foral de Navarra (BON del 31 de enero).
El artículo 4 del presente Decreto Foral versa sobre menús y dieta sana y equilibrada.
Resolución 284/2024, de 26 de junio, del director general de Formación Profesional, Digitalización y Recursos Educativos, por la que se aprueban instrucciones para la prestación del servicio de comedor escolar, se hace pública la relación de comedores autorizados y se aprueban las tarifas y cuotas para el curso 2024-2025.
Resolución 381/2024, de 4 de septiembre, del director general de Formación Profesional, Digitalización y Recursos Educativos, por la que se modifican las instrucciones para la prestación del servicio de comedor escolar para el curso 2024-2025 aprobadas por Resolución 284/2024, de 26 de junio, del director general de Formación Profesional, Digitalización y Recursos Educativos.
RESOLUCIÓN 451/2024, de 25 de octubre, del director general de Formación Profesional, Digitalización y Recursos Educativos, por la que se modifican las instrucciones para la prestación del servicio de comedor escolar para el curso 2024-2025 aprobadas por Resolución 284/2024, de 26 de junio, del director general de Formación Profesional, Digitalización y Recursos Educativos.
RESOLUCIÓN 37/2024, de 12 de diciembre, del director general de Digitalización y Servicios Educativos, por la que se modifican las instrucciones para la prestación del servicio de comedor escolar para el curso 2024-2025 aprobadas por Resolución 284/2024, de 26 de junio, del director general de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos.
Objetivos
Objetivos
Según el Decreto Foral 58/2024, de 29 de mayo, los objetivos del comedor escolar son los siguientes:
- Fomentar la educación para la salud, higiene y nutrición.
- Promover hábitos alimenticios saludables y sostenibles.
- Fomentar el adecuado comportamiento del alumnado en la mesa, así como las actitudes correctas antes y después de comer y la higiene bucodental.
- Favorecer actitudes de colaboración, solidaridad, inclusión, coeducación y convivencia entre el alumnado.
- Contribuir al desarrollo psicológico, social y afectivo del alumnado, así como al fomento de hábitos sociales y culturales.
Objetivos propios del centro.
Además de los objetivos mencionados en el apartado anterior, los objetivos propios del centro escolar son los siguientes:
- Complementar la educación: utilizar el comedor como un espacio educativo para abordar temas relacionados con la alimentación, la salud, el medio ambiente y la sostenibilidad.
- Facilitar la conciliación familiar y laboral: ofrecer un servicio que permita a las familias conciliar su vida laboral y familiar, garantizando una alimentación adecuada para sus hijos durante el tiempo que pasan en el centro educativo.
- Planificar menús saludables: elaborar menús equilibrados que cumplan con las recomendaciones nutricionales y que sean atractivos para los niños y las niñas.
- Utilizar productos locales y de temporada: priorizar la compra de productos frescos y de proximidad para apoyar la economía local y reducir el impacto ambiental.
- Adaptación a las necesidades individuales: ofrecer opciones alimentarias para estudiantes con alergias, intolerancias o regímenes especiales.
- Fomentar la educación para la salud: organizar actividades y talleres relacionados con la alimentación saludable, la higiene y la prevención de enfermedades.
- Promover la sostenibilidad: reducir el desperdicio alimentario, utilizar envases reutilizables y fomentar el consumo responsable.
- Colaboración con las familias: establecer canales de comunicación con las familias para informarles sobre los menús, las actividades del comedor y las iniciativas relacionadas con la alimentación saludable.
Personal cuidador dependiente de la adjudicataria del contrato
Personal cuidador dependiente de la adjudicataria del contrato
La adjudicataria del contrato aportará el personal cuidador necesario atendiendo a las ratios que se determinen al inicio de cada curso escolar mediante resolución de la dirección general competente en materia de comedores escolares.
Este personal prestará sus servicios durante la comida y el tiempo libre anterior y posterior a la misma.
Las funciones de este personal serán las siguientes:
- Supervisar y cuidar al alumnado comensal durante el tiempo establecido de comedor, así como los tiempos anterior y posterior a su entrada en él.
- Ayudar al alumnado que no se valga por sí mismo.
- Velar por el correcto comportamiento del alumnado comensal y evitar los conflictos entre el mismo.
- Velar por el adecuado comportamiento en la mesa y en la forma de comer, así como por la correcta utilización y conservación del menaje del comedor.
- Fomentar el compañerismo, la responsabilidad y colaboración en acciones, como reparto de pan o agua, poner y quitar las mesas o en vigilar al alumnado comensal de menor edad.
- Realizar durante el tiempo de comida las actividades necesarias para que el alumnado comensal adquiera hábitos saludables y correctos de alimentación, higiene y relación social.
- Colaborar en la distribución de los alimentos y vigilar la ingesta de los mismos, respetando la sensación de apetito del alumnado y posibilitando que aprenda a autorregularse.
- Informar al encargado del comedor del centro de cualquier incidencia relacionada con el desarrollo del servicio de comedor.
- Colaborar con la persona encargada de comedor en el cumplimiento del Plan anual del servicio de comedor escolar.
- Cualquier otra que se establezca por la Administración Educativa.
Especialistas de apoyo educativo dependientes del Departamento de Educación
Especialistas de apoyo educativo dependientes del Departamento de Educación
En los colegios públicos de Educación Infantil y Primaria, los especialistas de apoyo educativo dependientes del Departamento de Educación atenderán el servicio de comedor del alumnado con necesidades educativas especiales que tengan asignados y el personal cuidador dependiente de la adjudicataria del contrato atenderá el servicio de comedor en su conjunto.
Los especialistas de apoyo educativo desempeñarán las funciones establecidas por la dirección general competente en materia de inclusión y contarán con la dedicación horaria y el personal suficiente para desarrollar sus funciones con la máxima calidad para el alumnado.
Horario
Horario
El Servicio de Comedor se llevará a cabo de 14:10 a 15:40 para el alumnado que realiza actividades extraescolares.
El Servicio de Comedor se llevará a cabo de 14:10 a 16:00 para el alumnado que no realiza actividades extraescolares.
Convivencia en el seno del comedor escolar
Convivencia en el seno del comedor escolar
La normativa del comedor relativa a la convivencia se basa en el Decreto Foral 47/2010, de 23 de agosto, de derechos y deberes del alumnado y de la convivencia en los centros educativos no universitarios públicos y privados concertados de la Comunidad Foral de Navarra.
El comedor escolar es un espacio educativo más dentro del centro y, como tal, tiene una función primordialmente educadora. El Reglamento de Convivencia vigente en el colegio tiene efectos exactamente iguales durante el horario de comedor.
El alumnado ha de obedecer las indicaciones que les den, tanto las monitoras/es del comedor, como los responsables de la empresa prestataria del servicio o del propio Equipo Directivo.
Así mismo, han de contribuir al adecuado clima de convivencia y desarrollo positivo del servicio. Se mantendrán las normas de orden, limpieza, tono de voz adecuado y respeto durante la comida. Además, las monitoras/es enseñarán al alumnado (sobre todo al más pequeño) el uso de los cubiertos, de la servilleta, así como el comportamiento y postura correcta en la mesa.
Si los usuarios no cumplen con sus derechos y deberes, las monitoras/es notificarán las incidencias al director/a, quien aplicará la normativa vigente y tomará las medidas oportunas. Éste, a su vez, informará a la tutora o tutor correspondiente.